LAS SECCIONES 2 Y 37 DEL SNTE SON DIFERENTES AL SETE.
Mientras que la Sección 37 se separó de la Sección 2, hace ya 55 años, el SETE se separó de la Sección 37 hace 5 años. Luego entonces, la raíz del SETE proviene del SNTE con muy marcadas diferencias, la principal de ellas es que el SETE es el único sindicato de trabajadores de la educación que tiene Registro y Toma de Nota en el Tribunal de Arbitraje del Estado de Baja California, Expediente R. S. 01/2006 y el SNTE tiene su Registro en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en la ciudad de México, Expediente: R. S. 43/44, es un sindicato NACIONAL y el SETE es un sindicato ESTATAL.
El SNTE es un sindicato subordinado al servicio del estado, funciona como una empresa paraestatal del gobierno. Su origen se lo deben a los Presidentes Manuel Ávila Camacho, fundador, y Miguel Alemán Valdez, consolidador. Carlos Salinas de Gortari, quitó a Carlos Jonguitud Barrios e impuso a Elba Esther Gordillo Morales en 1989. Dicen los que saben que Felipe Calderón le está “construyendo” su “retiro” para que tenga una “salida digna”. Raymundo Riva Palacio. 20 de junio de 2011.
Las Secciones 2 y 37 del SNTE, son hermanas y tienen quien las mande, “hay de aquel que no obedezca”, su relación laboral la tienen con la Secretaría de Educación Pública. El SETE sigue reclamando su relación laboral con la Secretaría de Educación y Bienestar Social, que por ley le corresponde, pero que el “patrón” le sigue negando.
Cada sindicato se gobierna por un Comité Ejecutivo que lo representa un Secretario General, que debe responder a los intereses propios de cada organismo sindical, en el caso del SETE la Personalidad Jurídica para representar legalmente a los trabajadores afiliados es el PROFR. HECTOR MANUEL LARA MORENO, la Sección 2 del SNTE tiene al Profr. Rogelio Gudiño Valenzuela como su representante legal, pero, sin facultades para hablar y mucho menos para comprometer al SETE, como lo hizo recientemente ante los medios: “retener la documentación de fin de año” y “un posible emplazamiento a huelga”, como medida de presión ante la SEBS.
Un ligero repaso por la Ley del Servicio Civil, tal vez sea de interés enterarse, que no cualquier sindicato puede emplazar a huelga, menos los de registro nacional, en cambio, es un derecho que guardamos con reserva los que pertenecemos a un sindicato libre, independiente y democrático.
A T E N T A M E N T E
COMISION DE PRENSA Y PROPAGANDA DEL SETE EN ENSENADA
PROFR. JUAN RIOS PEREZ
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